domingo, 27 de febrero de 2011

GUÍA DE TRABAJO # 4



UNIVERSIDAD PONTIFICIA BOLIVARIANA
FACULTAD DE EDUCACIÓN
PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS Y EDUCATIVAS I
GUÍA DE TRABAJO # 4














Nombre De la Institución: 
INSTITUCIÓN EDUCATIVA MATER DEI


Propósitos:
- Identificar los componentes del gobierno escolar en la institución educativa.
- Reconocer el papel que desempeña cada instancia.
Contenidos: gobierno escolar.

Actividades:
Entrevista con un representante de la institución (rector, un integrante del consejo directivo, uno del consejo académico), e indagar sobre las funciones que les corresponden a las diferentes instancias del gobierno escolar.


Medios y recursos:
-  Entrevista con el recto

Apreciación del aprendizaje:

GOBIERNO ESCOLAR

Según el artículo 20 del decreto 1860 de 1994 El Gobierno Escolar en los establecimientos educativos estatales está conformado por el Consejo Directivo, El consejo Académico y el Rector del establecimiento.

Órganos del Gobierno Escolar

El Rector
La naturaleza de su función consiste en la dirección general, la formulación de políticas institucionales y la adopción de planes, programas y proyectos de la organización. Su cargo tiene como objetivo el de dirigir, formular y adoptar las políticas generales de la institución educativa.

Dentro de la ejecución de sus labores le corresponde:
  1. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
  2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
  3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.
  4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
  5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
  6. Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico.
  7. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia.
  8. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional.
  9. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.
  10. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, a tenientes a la prestación del servicio público educativo.
  11. Dirigir la preparación del proyecto educativo institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
  12. Presidir el consejo directivo y académico de la institución y coordinar los distintos órganos del gobierno escolar.
  13. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.
  14. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución.
  15. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
  16. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la secretaría de educación municipal.
  17. Administrar el personal asignado a la institución en relación con las novedades y los permisos.
  18. Participar en la definición de los perfiles para la selección

El Consejo Directivo
El Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará integrado por:
  1. El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
  2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.
  3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia.
  4. Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.
  5. Un representante de los ex alumnos, elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas a las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
  6. Un representante de los sectores productivos organizados en un ámbito local o subsidiariamente las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
Funciones del Consejo Directivo
  1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados;
  2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimientos educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia;
  3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución;
  4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos;
  5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado;
  6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector;
  7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;
  8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;
  9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante;
  10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución;
  11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;
  12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;
  13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;
  14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes;
  15. ñ. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto;
  16. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los convenientes pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y
  17. Darse su propio reglamento.  

El Consejo Académico
El Consejo Académico está integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios. Cumplirá las siguientes funciones:
  1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional;
  2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto;
  3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución;
  4. Participar en la evaluación institucional anual;
  5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación;
  6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y
  7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.

Directivos Docentes
Funciones:
  1. La atención a los alumnos en los aspectos académicos, de evaluación y promoción. Para tal efecto los educandos se podrán agrupar por conjuntos de grados.
  2. La orientación en el desempeño de los docentes de acuerdo con el plan de estudios. Con tal fin se podrán agrupar por afinidad de las disciplinas o especialidades pedagógicas.
  3. La interacción y participación de la comunidad educativa para conseguir el bienestar colectivo de la misma. Para ello podrá impulsar programas y proyectos que respondan a necesidades y conveniencias.
Personero de Los Estudiantes
Será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución encargado, de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

El personero tendrá las siguientes funciones:
  1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;
  2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos;
  3. Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
  4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces. Las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

Consejo de Estudiantes
Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo.Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.
Los alumnos de nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.

Corresponde al Consejo de Estudiantes:
  1. Darse su propia organización interna;
  2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación;
  3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y
  4. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia.
Asociación de Padres de Familia
Este promoverá  la constitución de una asociación de padres de familia, para lo cual podrá citar a una asamblea constitutiva, suministrar espacio o ayudas de secretaría, contribuir en el recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar las iniciativas existentes.
La asociación, además de las funciones que su reglamento determine, podrá desarrollar actividades como las siguientes:
  1. Velar por el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su continua evaluación, para lo cual podrá contratar asesorías especializadas;
  2. Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde, y
  3. Promover el proceso de constitución del consejo de padres de familia, como apoyo a la función pedagógica que les compete.  
La junta directiva de la asociación de padres existente en el establecimiento, elegirá dos representantes ante el Consejo Directivo, uno deberá ser miembro de la junta directiva y el otro miembro del consejo de padres de familia.

Consejo de Padres de Familia
Este es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento. Podrá estar integrado por los voceros de los padres de los alumnos que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución, o por cualquier otro esquema definido en el seno de la asociación.
La junta directiva de la asociación de padres de familia convocará dentro de los primeros treinta días calendario siguiente al de la iniciación de clases del período lectivo anual, a sendas asambleas de los padres de familia de los alumnos de cada grado, en las cuales se elegirá para el correspondiente año lectivo a uno de ellos como su vocero. La elección se efectuará por mayoría de votos de los miembros presentes, después de transcurrida la primera hora de iniciada la asamblea.

Comisiones de Evaluación y Promoción
El Consejo Académico conformará, para cada grado, una Comisión de evaluación y promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado, quien la convocará y la presidirá, con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades.
En la reunión que tendrá la Comisión de evaluación y promoción al finalizar cada período escolar, se analizarán los casos de educandos con evaluación Insuficiente o Deficiente en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo, y acordar los compromisos por parte de los involucrados.
Las Comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción anticipada. Igualmente se establecerá si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del período anterior. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de educandos.


APRECIACIÓN PERSONAL: 

Pensarse, vivir y asumir la ciudadanía es un proceso constante de formación, y que mejor escenario para aprender y formar ciudadanas y ciudadanos comprometidos con la democracia participativa que la escuela, donde se viven las realidades y desde donde también se transforman y se generan espacios con calidad de vida. Bajo este precepto, en nuestra institución se construye el proyecto transversal  Gobierno Escolar, el cual, se ha organizado bajo lo establecido en la Ley 115 de 1994, ha venido conformándose como un espacio para la opinión y participación  democrática de la comunidad educativa del Summerhill School.

El proyecto de Gobierno Escolar tiene como uno de sus más reconocidos avances la institucionalización del ejercicio electoral, llevado a cabo para la elección de Personero/a y Consejo estudiantil en el mes de marzo del presente año, como una de  las actividades reconocidas y establecidas dentro de las dinámicas de nuestra comunidad. Aunque es bien sabido que el proceso de elecciones es sólo una esfera del ejercicio democrático, es importante reconocer el trabajo que ha realizado el departamento de Ciencias Sociales para organizar esta actividad y lograr involucrar a estudiantes, docentes y directivas de manera activa en dicho proceso. 

Independientemente de la poca población estudiantil que tiene la institución y su pequeña infraestructura; en esta se vela y se trabaja diariamente para que sus estudiantes estén a gusto con su organización tanto en la parte física como en la parte administrativa. Creo que por ser una institución pequeña, es muy organizada y exigente en las funciones que designan a cada miembro del gobierno escolar y esto me parece importante ya que por este medio se les garantiza a los estudiantes una educación de calidad.

En un primer momento, cuando mi compañero y yo nos entrevistamos con el rector para que fuera el quien nos brindara la información perteneciente a esta guía, llegue con una perspectiva que me guiaba por un camino de omisión (No totalitaria) con relación a la configuración y diferentes actividades del gobierno escolar; en un momento pensé que estas estructuras eran solo requisitos que cada institución debía tener por regla, conocía algo sobre la comisión de evaluación y promoción sabia que era importante, porque en la escuela de donde soy egresada algunos compañeros no tenían otra opción que esperar los resultados de esta comisión: si aprobaban o no el año; desconocía la importancia que tienen estas para el buen funcionamiento de cualquier institución educativa. Pero enseguida me encontré con muchas respuestas a todas esas preguntas a medida que el Señor Gustavo le daba coherencia y respaldo a su discurso gracias a la ley general, iba entendiendo lo importante que son estas estructuras en la institución.

Fuentes (bibliografía): Documentación escolar, perteneciente al rector de la institución


1 comentario:

  1. Lina, la guía está muy completa, das cuenta de cada instancia en le gobierno escolar, sigues pecando de parca en la apreciación del aprendizaje.

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